SAN DIEGO – A partir de hoy, la ciudad de San Diego comenzará a hacer cumplir plenamente la Ordenanza de venta ambulante en las áreas de playa de la ciudad después de que la Ordenanza entrara en vigencia en la Zona de superposición costera el mes pasado, luego de la certificación de la Comisión Costera de California y el Ayuntamiento de San Diego.
La Ordenanza entró en vigencia en junio de 2022 en todas las áreas fuera de la Zona de Superposición Costera, lo que hizo que la Ciudad cumpliera con el Proyecto de Ley del Senado 946, una ley de California que despenalizó la venta ambulante en todo el estado y estableció parámetros sobre cómo las ciudades podrían imponer regulaciones. Sin embargo, implementar y hacer cumplir las regulaciones de venta ambulante dentro de la Zona de Superposición Costera requería la certificación de la Comisión Costera de California y la aprobación del Concejo Municipal de cualquier modificación a la Ordenanza en esta área.
La Ordenanza de venta ambulante requiere que los vendedores ambulantes de carritos de mano y estacionarios soliciten permisos para usar el derecho de paso público o la propiedad pública mientras regula cómo, cuándo y dónde los vendedores ambulantes autorizados realizan negocios. Los vendedores ambulantes tienen explícitamente prohibido interferir con el acceso público a la costa. Además, la Ordenanza prohíbe la venta ambulante en el Gaslamp Quarter y otras áreas específicas.
Durante las últimas semanas, los guardaparques de la ciudad han estado compartiendo materiales educativos con los proveedores para delinear los parámetros sobre cómo pueden operar legalmente en las comunidades de playa y sus alrededores. Los proveedores que operan ilegalmente pueden ser citados por infracciones y sujetos a multas que van desde $200 a $1,000, según la cantidad y los tipos de infracciones. También se pueden incautar carros, equipos y mercancías.
Desde que entró en vigencia la Ordenanza sobre Ventas en las Aceras el año pasado, se han emitido más de 500 permisos de venta en las aceras a vendedores locales que venden joyas, ropa, prendas de vestir, productos artesanales, decoración del hogar, velas, coleccionables de bellas artes, artículos novedosos y productos alimenticios, entre otros. amplia gama de otros artículos.
Todos los vendedores estacionarios y de carritos de mano que operen dentro de la Ciudad de San Diego deben tener un Certificado de Impuestos Comerciales válido y actual, un Permiso de Venta en la Acera y una identificación con foto emitida por la Ciudad. Los vendedores de alimentos también deben tener un permiso de salud del condado de San Diego y una tarjeta de manipulador de alimentos. Más información sobre los permisos y el proceso de solicitud está disponible en sandiego.gov/sidewalk-vending.